La Tercerización es una práctica que se ha puesto muy de moda en los últimos tiempos y la razón es muy sencilla, las empresas se han concientizado que los procesos operativos o administrativos que no son de su resorte ni su razón de ser, les ha traído sobrecostos muy onerosos en el tiempo. Por esto, han buscado alternativas en el mercado de manera que optimicen su infraestructura y deleguen en terceros especializados esas actividades que les distraen.
En Colombia la normatividad que dicta el Decreto 2025 de 2011, prohíbe la intermediación o tercerización de actividades misionales de las empresas o terceros beneficiarios de un servicio, dejando únicamente bajo el resorte de las Empresas de Servicios Temporales la intermediación con el envío de Trabajadores en misión. Esta norma, llevó a que muchas empresas que usaban cooperativas o empresas que brindaban “Outsourcing” pero que se traducía en una “Administración de personal” se volcaran a la contratación directa de sus trabajadores incrementando su operatividad de manera significativa. Por si fuera poco, no siendo un tema fácil el manejo de personal para las áreas de Gestión Humana, en los últimos tiempos el Gobierno Nacional ha creado mecanismos de fiscalización y control a las empresas, es así como han nacido entidades como la UGPP, La Agencia Pública de Empleo Sena, nuevas normas, leyes y Decreto como el Decreto 472 de 2015, entre otras, que se convierten para los empresarios en un dolor de cabeza por cuenta de un mayor desgaste administrativo, técnico y financiero, ya que corresponde a temas de los cuales no son expertos, lo que obliga a recurrir necesariamente a terceros especializados que les dé un parte de tranquilidad al entregar estos procesos de Gestión Humana como son: Procesos de Nómina, Procesos de Selección en cualquiera de sus fases o Administración de Capital Humano, todas actividades susceptibles de tercerizar.
La Tercerización consiste en que una empresa especializada bajo su cuenta, riesgo y con sus propios medios y recursos brinda una solución efectiva y eficaz cumpliendo todos los requisitos legales para la empresa beneficiaria, de manera que su retribución económica se da por el resultado no por los medios.
En el caso de Nómina por ejemplo, la tercerización consiste en que la empresa contratante facilita unas novedades de nómina bajo unos estándares previamente aprobados por las partes con lo cual la empresa contratista, procesa hasta obtener como entregable un proceso de nómina, validado, auditado realizado con sus propios medios de labor, con autonomía técnica, administrativa y financiera.
Fuente: Revistaempresarial.com
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